🔵El consejo de ministros aprobó la semana pasada a prorroga durante 6 meses más la rebaja del IVA del 4% al 0% que se aplica a todos los alimentos de primera necesidad.
Estos productos, en los términos definidos en el artículo 91. Dos de la Ley del IVA, son los siguientes:
• El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
• Las harinas panificables.
• Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
• Los quesos.
• Los huevos.
• Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
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