Todos aquellos que tengáis alguna moneda virtual deberéis empezar a declararlas en enero de 2024.

Estos modelos de obligatoria presentación si tienes monedas virtuales son los siguientes:

  • Modelo 172 que trata sobre la “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales”.
  • Modelo 173 que trata sobre la “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”.
  • Modelo 721 que trata sobre la “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”.

Esta información deberá ser declarada anualmente y deberá reflejar la totalidad de monedas que la persona tenga.

Para poder llevar a cabo de manera efectiva el procedimiento, cada individuo tendrá que presentar la siguiente información:

  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, domicilio y número de identificación fiscal de las personas o entidades a quienes correspondan en algún momento del año las monedas virtuales, ya sea como titulares, autorizados o beneficiarios.
  • Saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre expresados en unidades de moneda virtual y su valoración en euros.
  • Saldos de moneda fiduciaria a 31 de diciembre, así como su valoración en euros cuando la moneda fuera distinta del euro.

Respecto a la valoración en euros, se tendrá en cuenta la cotización a 31 de diciembre que presenten las casas de negociación.

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