El pasado 5 de julio, se publica en el BOE el Real Decreto Ley 8/2014, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Se establece un régimen de implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y recoge medidas para favorecer la ocupación a través de la intermediación de las empresas de trabajo temporal y las agencias de colocación.
La implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como finalidad principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación y que sean mayores de 16 años y menores de 25 años, o de 30 años en caso de discapacitados igual o superior al 33%, pueden recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodos de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleados.
Se establece una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la seguridad social por importe de 300 euros, durante un máximo de seis meses, por la contratación con carácter indefinido de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Esta medida será compatible con el resto de incentivos siempre que el importe mensual a cotizar no sea negativo.
Con respecto al contrato en prácticas se establece una bonificación adicional hasta alcanzar el 100% de incentivos en la cotización de la empresa.
En definitiva, nuevas medidas que no sabemos si crearán empleo …
María Nieves Bautista Montoya
Departamento Laboral