La Agencia Tributaria obligará a determinados contribuyentes a remitir la información de su facturación en un plazo máximo de 4 días naturales desde su emisión, o en caso de facturas recibidas desde su contabilización.

Afectará a:

  • Grandes Empresas
  • Contribuyentes en régimen de devolución mensual (REDEME)
  • Contribuyentes en régimen de grupo de entidades

Inicialmente, la entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de 2017, sin embargo, la propia AEAT ha informado recientemente que, al contrario de lo que han defendido algunas publicaciones en los últimos días, el sistema SII no entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

 

EL SISTEMA SII OFRECE LAS SIGUIENTES VENTAJAS:

  • Eliminación de determinadas obligaciones formales (modelos 347, 340 y 390).
  • Obtención de predeclaraciones para la liquidación de IVA desde la Sede Electrónica de la Agencia.
  • Ampliación del plazo de pago de la liquidación.

 

Información obtenida  de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).

Si tienen alguna duda contacten con nosotros.

Departamento fiscal