El pasado 22 de diciembre se publicó la Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. En mi opinión se trata de medidas que afectarán en mayor o menor grado a nuestra economía doméstica, cabe destacar entre lEas más relevantes, ya que afectará directamente a un gran número de ciudadanos, la desaparición de la deducción por adquisición de vivienda, con ciertas excepciones.
Paso a relacionar el paquete de medidas adoptado por el Gobierno que tendrá efectos desde el uno de enero de 2011:
-Deducción por inversión en vivienda habitual: sólo será aplicable para aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20€.
Se crea un régimen transitorio para que los contribuyentes que compraron sus viviendas antes del uno de enero de 2011 puedan seguir aplicando la deducción con las condiciones anteriores.
En el caso de contribuyentes con bases imponibles iguales o superiores a 24.107,20€, las cantidades depositadas en las cuentas viviendas no perderán el derecho a deducción.
-Deducción por alquiler de la vivienda habitual: se elevan los límites de la base máxima de la deducción por alquiler en vivienda habitual, pasando a incrementar el primer tramo a 17.707,20€ con una deducción de 9.040€ anuales.
-Reducción por arrendamiento de vivienda: en los arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto se reducirá en un 60% (antes era de un 50%) y dicha reducción será del 100%, cuando el arrendatario tenga entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.
– Subida del tipo de gravamen para las rentas más altas: se elevan los tipos de gravamen de la escala general aplicables para las rentas superiores a 120.000€ y 175.000€, en el 1% y 2% respectivamente.
– Para determinados rendimientos del trabajo: para aquellos rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo se introduce un límite de 300.000€ en la cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la reducción del 40%.
– Coeficientes de actualización del valor de adquisición: se actualizan los coeficientes correctores del valor de adquisición de los inmuebles no afectos a actividades económicas al 1%.
– Supresión de la deducción por nacimiento o adopción: se suprime la deducción de los 2.500€ anuales por nacimiento o adopción.
Nuria García López.