A partir del 3 de enero entrará en vigor el CÓDIGO LEI (LEGAL ENTITY INDENTIFIER).
Dicho código es un código global y único basado en el estándar ISO 17442, que se utiliza para identificar a las personas jurídicas que son parte de las transacciones financieras y para cumplir con los requisitos de información en los mercados financieros.
De acuerdo con la normativa europea, el código LEI será empleado para identificar a las partes contratantes en las transacciones financieras en todo el mundo por lo que si eres una empresa que opera en mercados financieros deberás solicitar este código, pues si no dispones de él no podrás realizar operaciones de repos, derivados o valores.
La forma de proceder es la siguiente:
Se deberá rellenar la solicitud que se encuentra en la siguiente página:
https://www.justicia.lei.registradores.org/ en el apartado «Solicitud de un identificador global LEI».
El siguiente paso tras rellenar la solicitud será imprimirla, esta misma ha de ser firmada por el representante legal y posteriormente presentarlo en el Registro Mercantil de tramitación junto con el justificante de pago de los correspondientes honorarios por la emisión del LEI.
Los honorarios de la tramitación en dicha plataforma son:
La emisión: 100 € + IVA.
La renovación: 50 € + IVA.
Este código deberá de ser renovado cada año antes de su caducidad (NO SE RENUEVA AUTOMÁTICAMENTE).
El proceso de calificación tiene un plazo máximo de 15 días hábiles, aunque lo habitual es que este plazo no exceda de 4 días hábiles.
Para cualquier consulta no dudéis en poneros en contacto con nosotros a través de:
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