El Gobierno de España ha establecido una ayuda complementaria mensual del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para las unidades familiares con menores y que tengan ingresos muy limitados.
¿Quién puede solicitarla?
Podrán solicitar este complemento de ayuda a la infancia aquellas familias que:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital
- Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
- Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos.
- Aquellas unidades de convivencia no supere el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio neto correspondiente a su tipo de hogar.
Cuantías de la ayuda
El importe de este complemento se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, así como de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio:
- Hijos entre seis y dieciocho años: 57,50 €
- Hijos entre tres y seis años: 80,50 €
- Hijos menores de tres años: 115 €
¿Cómo solicitar la ayuda?
En caso de que cumplas con los requisitos, el procedimiento será el mismo que el que realizaste para la solicitud del Ingreso Mínimo Vital:
- Mediante un formulario online, disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- A través del modelo de solicitud del IMV, también disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social.
Si ya percibes el IMV no tienes que solicitarla, automáticamente te la conceden.
Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros a través de:
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