La Ley Orgánica 1/2023 de 28 de febrero introduce 3 nuevas situaciones especiales de Incapacidad temporal.

Estas nuevas bajas entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2023.

¿En qué consisten estas bajas?

  • En el caso de las embarazadas, tendrán derecho a percibir la baja remunerada por su estado de gestación desde la semana 39 hasta el parto. La empresa únicamente tendrá que pagar los gastos del primer día, del resto se encargará la Seguridad Social.
  • En lo referentes a las bajas para aquellas mujeres que padezcan reglas incapacitantes, permitirán que puedan descansar esos días en casa mientras que la subvención será sufragada íntegramente por el Estado.
  • La tercera prestación es la baja para las mujeres que sufran una interrupción del embarazo, sea voluntaria o no. La empresa únicamente tendrá que pagar los gastos del primer día, del resto se encargará la Seguridad Social.

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