🔵¿Tienes un plan de acoso en tu empresa?

El protocolo contra el acoso laboral es una herramienta fundamental para garantizar un entorno de trabajo seguro y respetuoso.

Este es obligatorio para toda empresa o autónomos con empleados a cargo (Ley de Igualdad 3/2007 y su R.D.901/2020). 

Este protocolo establece los pasos a seguir en caso de que se presente una situación de acoso, brindando orientación y apoyo a las víctimas. 

¡ADVERTENCIA!

🔵¿Es obligatorio que los trabajadores tengan un curso contra el acoso?

NO. Los cursos son una medida preventiva, no obligatoria.

Nos está llegando por algunos clientes, y a nosotros también nos ha pasado, que están llamando de empresas formativas informando de la obligatoriedad de realizar un curso del plan de acoso. Esto no es cierto, ya que la realización del curso es una medida preventiva y no obligatoria como indican en estas llamadas.

🔵¿Me pueden sancionar si no lo tengo?

Si, las sanciones por no tener un plan de acoso en tu empresa van desde los 7.501€ a los 225.018€ en función de la gravedad.

A parte, el incumplimiento de este deber conlleva la posibilidad de que tu empresa no pueda beneficiarse de ayudas y bonificaciones.

Si tienes alguna duda, déjanos un comentario y te la resolvemos. 

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros a través de:

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