INCENTIVOS A LA DISMINUCIÓN Y PREVENCIÓN DE SINIESTRABILIDAD LABORAL
“ BONUS PREVENCIÓN 2014”
Se establece un sistema de reducción en las bases de cotización a la seguridad social por contingencias profesionales para aquellas empresas que acrediten un índice de siniestrabilidad reducido en su actividad y por el empleo de medios eficaces de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Las empresas que pueden beneficiarse son:
1.- Empresas que en el periodo de observación hayan superado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 5.000 euros.
2.- Empresas que en el periodo de observación (de 2010-2013), no hayan superado los 5.000 euros de volumen de contingencias por contingencias profesionales, debiendo acreditar la asunción por el empresario de la actividad preventiva y la obtención de la formación.
Requisitos para todas las empresas:
– Haber realizado inversiones documentadas en instalaciones, procesos o equipos en materia de prevención de riesgos laborales.
– No rebasar en el periodo de observación los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestrabilidad general y siniestrabilidad extrema (no se tienen en cuenta los accidentes in itinere ni las prestaciones de riesgo embarazo y lactancia natural).
– Encontrarse al corriente en las obligaciones en materia cotización de seguridad social.
– No tener sanciones en vía administrativa graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales o de seguridad social.
– Acreditar cumplimiento de los requisitos básicos en Prevención Riesgos Laborales.
Cuantía a percibir:
– Para las empresas que soliciten el incentivo este año por primera vez, la cuantía podrá alcanzar hasta el 5 % delimporte de las cuotas por contingencias profesionales correspondientes al periodo de observación.
– Para las empresas que solicitaran el incentivo el pasado año y reciban resolución favorable, este año será de un 10% del importe sí los periodos de observación son consecutivos y se ha percibido el incentivo en el anterior.
Plazo de presentación y tramitación de solicitudes:
Desde el 1 de abril hasta el 15 de mayo de cada año y se presentarán en las mutuas.