Por recordarles, o incluso hacerles conocedores en algunos casos, de la obligatoriedad de contratar un Servicio de Prevención Ajeno que garantice la adecuada protección de seguridad y salud de los trabajadores. Existiendo la posibilidad de llevar a cabo dicho servicio la propia empresa por su cuenta, si se cumplen ciertos requisitos. Además, según el convenio colectivo que se aplique…
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