Todos aquellos que tengáis alguna moneda virtual deberéis empezar a declararlas en enero de 2024.
Estos modelos de obligatoria presentación si tienes monedas virtuales son los siguientes:
- Modelo 172 que trata sobre la “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales”.
- Modelo 173 que trata sobre la “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”.
- Modelo 721 que trata sobre la “Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero”.
Esta información deberá ser declarada anualmente y deberá reflejar la totalidad de monedas que la persona tenga.
Para poder llevar a cabo de manera efectiva el procedimiento, cada individuo tendrá que presentar la siguiente información:
- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, domicilio y número de identificación fiscal de las personas o entidades a quienes correspondan en algún momento del año las monedas virtuales, ya sea como titulares, autorizados o beneficiarios.
- Saldos de cada tipo de moneda virtual a 31 de diciembre expresados en unidades de moneda virtual y su valoración en euros.
- Saldos de moneda fiduciaria a 31 de diciembre, así como su valoración en euros cuando la moneda fuera distinta del euro.
Respecto a la valoración en euros, se tendrá en cuenta la cotización a 31 de diciembre que presenten las casas de negociación.
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