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Deducción por maternidad: novedades

Por 3 marzo, 2023 Sin comentarios

Desde el 1 de enero de 2023 también se puede aplicar la deducción por maternidad cobrando el paro.

Hasta ahora, para poder disfrutar de esta ayuda era obligatorio trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena y estar dada de alta por dicho trabajo en el sistema de Seguridad Social o de Mutualidad correspondiente. Pero desde el 1 de enero de 2023, también se puede aplicar la deducción por maternidad cobrando el paro.

¿A quién va dirigida esta ayuda?

A las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

También podrán aplicar esta deducción cuando cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).
  • El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva.

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquél en que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva.
  • La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil.
  • Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela.
  • El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros a través de:

Email: info@leonyvergel.com

Teléfono: 950 324 306

Whatsapp: 625 476 340

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