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¿QUÉ PUEDO DESGRAVARME SI ALQUILO MI VIVIENDA VACACIONAL?

Por 28 junio, 2023 Sin comentarios

🔵Como propietario tienes la obligación de declarar todos los ingresos que se generen del alquiler del inmueble, pero también existe una lista de gastos deducibles de los que puedes beneficiarte.

☀️Se considera una vivienda turística aquella que se cede temporalmente a cambio de un precio.

Los gastos deducibles incluyen:

• Los intereses de los capitales invertidos en la adquisición o mejora del inmueble objeto de alquiler.
• Los gastos de reparación y conservación de dicho inmueble.
• Los gastos de suministros (luz, agua, gas).
• Las primas de contratos de seguros (responsabilidad civil, incendios, robo, etc.).
• Los gastos relacionados con la amortización del inmueble.
• El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la tasa de basuras.
• Los gastos de gestoría.

Las deducciones que el propietario puede hacer sobre la vivienda vacacional solo pueden ser aplicadas en la proporción en la que la vivienda haya estado alquilada.

⚠️¡Importante! Guarda todas las facturas y recibos para desgravar los gastos de tu alquiler vacacional.

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros a través de: 
 💻Email: montse@mayeuticaconsultores.com 
📞Teléfono: 950 324 306
📲Whatsapp: 625 476 340

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