Desde el 1 de enero de 2023 también se puede aplicar la deducción por maternidad cobrando el paro.

Hasta ahora, para poder disfrutar de esta ayuda era obligatorio trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena y estar dada de alta por dicho trabajo en el sistema de Seguridad Social o de Mutualidad correspondiente. Pero desde el 1 de enero de 2023, también se puede aplicar la deducción por maternidad cobrando el paro.

¿A quién va dirigida esta ayuda?

A las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

También podrán aplicar esta deducción cuando cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).
  • El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva.

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquél en que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva.
  • La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil.
  • Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela.
  • El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

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